TODO LO QUE HAY QUE SABER SOBRE LA NUEVA LEY DE VIVIENDA 2023
La nueva Ley de vivienda, entra en vigor hoy, 26 de mayo de 2023, te contamos cuales son algunos de los objetivos que pretende perseguir la nueva Ley de Vivienda, entre ellos;
- Establecer una regulación básica de los derechos y deberes de los ciudadanos en relación con la vivienda.
- Facilitar el acceso a una vivienda digna y adecuada a las personas que tienen dificultades para acceder a una vivienda.
- Definir los aspectos fundamentales de la planificación y programación estatales en materia de vivienda.
- Mejorar la protección en las operaciones de compra y arrendamiento de vivienda.
Algunas medidas de la nueva Ley de Vivienda entran ya en vigor, otras quedan en manos de las CCAA. Os informamos de las medidas que a partir de hoy están en vigor, entre ellas,
- TOPE A LA ACTUALIZACIÓN DE LAS RENTAS DEL ALQUILER.- Se trata del tope en el incremento anual del precio de la renta en la renovación de los contratos vigentes de alquiler de viviendas. Hasta el 31 de diciembre de 2023, la actualización anual del contrato de alquiler no podrá superar el 2% de subida. Este tope se incrementará un punto a todos los contratos durante todo 2024, hasta el 3% de subida.
- INFORMACIÓN MÍNIMA EN OPERACIONES DE COMPRA Y ALQUILER DE VIVIENDA.- Dicha información mínima se refiere tanto a información sobre los inmuebles como de sus propietarios, y que deben suministrar los intermediarios de las operaciones si así lo requiere el potencial comprador o inquilino. Entre esa información se encuentran las condiciones económicas de la operación, las características esenciales de la vivienda y del edificio. Pero también incluye un punto controvertido: entre la información que puede solicitar el potencial inquilino está la “identificación del vendedor o arrendador”.
- PRÓRROGAS EXTRAORDINARIAS DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER PARA VULNERABLES.
- RECARGO EN EL IBI A LAS VIVIENDAS VACÍAS.
- PAGO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.- Los pagos de las rentas del alquiler se pagarán en términos generales a través de medios electrónicos para los contratos que se firmen a partir de ahora.
- GASTOS DE HONORARIOS DE GESTIÓN INMOBILIARIA.- A cargo del arrendador.
- CAMBIOS EN LOS DESAHUCIOS, EJECUCIONES HIPOTECARIAS Y SUBASTA DE INMUEBLES.
Las medidas, aún sin efecto, quedan a expensas de que se declaren las zonas tensionadas, competencia de la Administración en materia de vivienda de cada Comunidad Autónoma.